La Corte Suprema de Justicia revocó un fallo de la Cámara Federal de La Plata que había declarado inconstitucional un artículo del Mega DNU que derogaba la Ley de Tierras y puso nuevamente en vigencia la derogación que planteaba el Gobierno nacional. Tumban una ley que la movilización popular defendió cuando quisieron derogarla en el Congreso, basados en un DNU ya rechazado por amplia mayoría en el Senado y sobre cuya validez evitan expedirse hace casi tres años. Los crápulas de la Corte han superado su récord de indignidad. No es porque el gobierno esté fuerte, y ya había soltado el tema en el Congreso para no perder. No es por seguir el clima social, que es contario a la extranjerización de la tierra y por eso no prosperó la ley; es como si los mafiosos de la Corte le estuvieran diciendo a la política y al pueblo "No se metan con nosotros, porque estamos por encima de la Constitución y la voluntad popular, y aseguramos nuestra supervivencia sirviendo a intereses mucho más poderosos que ustedes". Tenemos una democracia representativa de mentira, amenazada por un implante monárquico absolutista enclavado en su seno.
Obvio, el título de la presente nota se inspira en el álbum de Genesis de 1973, “Vendiendo Inglaterra por la Libra”, el cual es uno de los grandes álbumes de la historia de la música. Pero vayamos al punto.
El fallo de la Corte sirve a intereses bien concretos y poderosos. Imagino que dos de los tres sátrapas de la Corte que acaban de validar la derogación de la ley de tierras por DNU hayan aceptado ser nombrados sin acuerdo del Senado por Macri, que quiso desnaturalizar la ley por reglamentación, debe ser pura casualidad.
Mientras el demente Milei flashea golpes de Estado imaginarios por pedidos de juicio político, no puede avanzar ninguno porque la comisión del Congreso que los debería tratar no funciona, como tampoco funciona la de los DNU. Lo cual favorece también a la Corte, que mantiene vivo el DNU 70.
Seguramente el gobierno malvinero de Milei tendrá algo para decir del fallo que habilita la extranjerizacion de la tierra sin límites. Sobre todo en la parte que dice que los ex combatientes no están legitimados para accionar en defensa de la soberanía. O es puro chamuyo nomás?A pocos días de asumir como presidente, Javier Milei dictó el mega Decreto 70/2023 que, bajo el pretexto de “reconstruir la Argentina”, desreguló la actividad económica y derogó una numerosa cantidad de normas, entre ellas, la Ley de Tierras.
La sentencia de la Corte Suprema descuida las consecuencias del fallo frente a la venta de tierra a extranjeros sin límite y se impone por sobre la masiva movilización ciudadana que en agosto pasado se manifestó en contra del intento de modificar la Ley de Tierras en el Congreso de la Nación. Se trata de un fallo fuera de contexto, que se desentiende de su impacto en términos de soberanía nacional. Esta situación se asemeja a lo sucedido hace dos años, cuando la Corte Suprema decidió cerrar la ejecución de sentencia del caso “Mendoza” por el saneamiento de la cuenca Matanza-Riachuelo en el peor momento posible, justo cuando la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo (ACUMAR) fue fuertemente desfinanciada y su personal recortado. Ahora, la Corte, luego del naufragio parlamentario de cara al intento de modificación de la Ley de Tierras, otorga un bote salvavidas a la venta ilimitada de tierras a personas o empresas extranjeras.
El fallo se centra exclusivamente en la ausencia de legitimación del Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata (CECIM) para cuestionar y demandar por la inconstitucionalidad de la derogación de la Ley de Tierras. La sentencia sostiene que, al no existir un caso concreto de aplicación del DNU 70/23, decidir acerca de su inconstitucionalidad altera la división de poderes. Sin embargo, el pronunciamiento de la Corte deja sin abordar una cuestión central: si la derogación, mediante un DNU, de una ley de especial relevancia para la soberanía nacional —como lo es la Ley de Tierras— resulta compatible con el principio republicano de división de poderes. En otras palabras, invoca la división de poderes como fundamento para no intervenir, pero no analiza si ese mismo principio pudo haber sido afectado por el mecanismo utilizado para derogar la ley.
La Corte deja la puerta abierta para analizar la constitucionalidad o no del DNU cuando se presente un caso concreto de venta de tierra a extranjeros y recuerda que el Congreso de la Nación tiene la potestad constitucional de rechazar el DNU 70/23. Una vez más, queda en manos de la ciudadanía activar al Congreso para reclamar por la defensa de nuestras tierras.
Mientras no terminemos con esa falacia (con un compromiso real de todas las fuerzas democráticas) ninguno de los problemas del país encontrará solución. Tan simple y a la vez tan complejo como eso.
Crisis económica agudizándose con serio riesgo de terminar en estallido. Crisis de representación con ausentismo electoral récord y proscripción de la dirigente más representativa. Crisis institucional con bastardeo cotidiano de la Constitución. Se esmeran en recrear el 2001. Para el caso que no puedan sostener más el tipo de cambio y el mercado los fuerce a devaluar, es muy oportuno que el que quiera venir con dólares a comprar tierras pueda hacerlo sin restricciones y más barato. Tan oportuno como si las dos cosas estuvieran relacionadas.
El que quiera ser candidato y no salga a decir ya mismo que ni bien asuma deroga el DNU 70 y desconocerá todos los negociados de éste gobierno (por ejemplo vender bienes del Estado sin tasación del Tribunal de Tasaciones y a menos de su valor real) lo deberían a pagar con votos.




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